Actualizado el catálogo de medidas CAE: nuevas medidas estandarizadas de ahorro energético
El Estado ha ampliado la lista oficial de actuaciones que dan derecho a cobrar certificados de ahorro energético — si haces rehabilitación o instalaciones, comprueba si tus medidas habituales están ya reconocidas en el nuevo catálogo.
- El Ministerio para la Transición Ecológica actualiza parcialmente el Anexo I de la Orden TED/845/2023, incorporando nuevas medidas estandarizadas de eficiencia energética al catálogo oficial del sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE).
- Afecta a empresas y profesionales que operan como agentes delegados o promotores en el mercado CAE: instaladores, ESEs (Empresas de Servicios Energéticos), promotoras y cualquier agente que justifique ahorros energéticos con medidas estandarizadas del catálogo oficial.
- La resolución entra en vigor desde su publicación en el BOE (30 de julio de 2026); las medidas estandarizadas no incluidas en el catálogo actualizado no pueden acogerse al sistema CAE — operar con medidas no reconocidas implica no poder certificar los ahorros ni acceder a la retribución del mercado.
Si trabajas en rehabilitación energética o instalaciones y usas el sistema CAE para monetizar ahorros, revisa el catálogo actualizado: solo las medidas listadas en el nuevo Anexo I generan certificados válidos y cobrables.
A quién afecta
Eres constructor de obra nueva o contratista sin actividad en el mercado CAE: esta resolución no cambia ninguna obligación tuya — solo afecta a quienes monetizan ahorros energéticos mediante certificados.
Actualizado el catálogo de medidas CAE: nuevas medidas estandarizadas de ahorro energético
El Estado ha ampliado la lista oficial de actuaciones que dan derecho a cobrar certificados de ahorro energético — si haces rehabilitación o instalaciones, comprueba si tus medidas habituales están ya reconocidas en el nuevo catálogo.
Fuente: BOE
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